jueves, 2 de junio de 2016

SEMANA N° 6 CIENCIAS SOCIALES

TEMA: REPRESENTACIONES DE LAS COMUNIDADES ÉTNICAS.

Logro: Identificar los organismos políticos que representan a a cada etnia en Colombia


Pueblos indígenas:

Algunas de las organizaciones que representan los pueblos indígenas la sociedad nacional e internacional son:

  • CRIC: Consejo Regional Indígena del Cauca, fundado en 1971.
  • ONIC: Organización Nacional Indígena de Colombia.
  • MIC: Movimiento Indio de Colombia.
  • Las organizaciones indígenas buscan principalmente:
  • La recuperación, ampliación, conservación y defensa de las tierras de los resguardos y regiones indígenas, como base de supervivencia física y cultural de los pueblos.
  • La revitalización cultural y el fortalecimiento de la identidad.
  • El desarrollo de proyectos educativos, que correspondan a los intereses, realidad socio cultural, necesidades y expectativas de las comunidades.


Población afrocolombiana:

La población afrocolombiana está representada por diferentes organizaciones de carácter  político cultural y gremial, entre las cuales encontramos las siguientes:

  • Coordinadora Nacional de Comunidades Negras
  • Movimiento Afro-Colombiano
  • PCN: Proceso de Comunidades Negras
  • Movimiento Nacional Cimarrón.
  • Red Nacional de Jóvenes Afrocolombianos.


Las organizaciones afrocolombianas reclaman principalmente:

Mejores condiciones de vida y respeto de sus derechos.
Reparar los daños causados por el secuestro en África y posterior esclavización, así como por los daños ocasionados por el conflicto armado interno.

Pueblo Rom:

Al pueblo gitano lo representa el denominado Proceso Organizativo del Pueblo Rom de Colombia, PROROM, fundado en 1998 en la kumpania de Girón, Santander.


Representación política


De acuerdo con la Constitución política de Colombia de 1991, las comunidades étnicas tienen sus propias formas de gobierno y justicia. En el caso de los indígenas, tienen derecho a elegir dos senadores y un representante a la Cámara. En el caso de las comunidades afrocolombianas, la Ley 649 de 2001, garantiza la participación de dos representantes de estas comunidades, en la Cámara.

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